Juan Carlos Zavala
La infraestructura carcelaria viola los derechos humanos de los jóvenes y la Ley de Justicia para Adolescentes que establece que quienes sean menores de edad y hayan incurrido en algún delito, deben de ser recluidos en espacios construidos específicamente para ellos y en los cuales puedan recibir una atención integral que permita su reinserción dado su carácter de vulnerabilidad.
El pasado 30 de mayo la Secretaría de Seguridad Pública de Oaxaca (SSPO) montó un operativo para trasladar a más de tres decenas de adolescentes que estaban recluidos en la Dirección de Ejecución de Medidas para Adolescentes (DEMA) al Centro de Reinserción Social número 1, mejor conocido como penal varonil de Tanivet.
Para este traslado de 31 adolescentes varones y dos mujeres, argumentaron fallas estructurales en los edificios del DEMA que ponían en riesgo a los jóvenes.
Los jóvenes, sin embargo, fueron llevados a un penal de mediana seguridad construido exclusivamente para el encarcelamiento de adultos, lo que viola sus derechos; pero en el que además se encontraron múltiples irregularidades en su construcción.
La SSPO los mantuvo presos en el penal de Tanivet durante dos meses y 20 días; poco antes de que venciera el plazo que la misma institución había establecido para volver a las instalaciones del DEMA.
Además, y aun así, su reclusión en este penal transgredió la Ley General de Justicia para Adolescentes que establece que quienes sean menores de edad y hayan incurrido en algún delito, deben de ser recluidos en espacios construidos específicamente para ellos y en los cuales puedan recibir una atención integral que permita su reinserción dado su carácter de vulnerabilidad.
De acuerdo con la ley en la materia, las personas adolescentes tienen derecho a ser alojados en Unidades de Internamiento separados de los adultos, de acuerdo con su edad, género, salud física y situación jurídica.
Además, señala que la persona adolescente privada de la libertad tiene derecho a cumplir su medida en el Centro de Internamiento más cercano del lugar de residencia habitual de sus familiares, por lo que no podrá ser trasladada a otros Centros de Internamiento de manera arbitraria.
Únicamente, en casos de extrema urgencia de peligro para la vida de la persona adolescente o la seguridad del Centro de Internamiento podrá proceder el traslado involuntario, sometiéndolo a revisión del Juez de Ejecución dentro de las veinticuatro horas siguientes. Sin embargo, señala que en estos casos, el traslado se hará al Centro de Internamiento más cercano posible al lugar de residencia habitual de sus familiares.
La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) acompañó la reubicación de los 31 adolescentes varones y 2 mujeres, para que no se cometieran violaciones a sus derechos humanos.
Y solicitó a las autoridades competentes información sobre las condiciones de infraestructura, alimentación, privacidad, talleres, actividades educativas y lúdicas que habrían de recibir en el citado espacio, esto mediante el oficio 07861, que forma parte del Cuaderno de Antecedentes DDHPO/CA/0314/(01)/OAX/2019.
La DDHPO también recibió quejas de los trabajadores del DEMA respecto a los problemas que se generarían a los familiares de los jóvenes recluidos para poder visitarlos. Según el organismo, la SSPO tomó medidas para solventar esta situación, pero no se ha aclarado cuales.
Se garantizaron derechos: SSPO
“La ley señala que en el tema de justicia para adolescentes debe contarse con una infraestructura creada exprofeso para ellos, porque al final de cuentas de esta reinserción de un adolescente en el espacio en el que tendría que estar tiene que ser diferenciado de un centro de readaptación para adultos”, señaló el titular de la Defensoría, José Bernardo Rodríguez Alamilla.
El 7 de junio, la entonces subsecretaria de Prevención y Reinserción Social, María Concepción Tovar Monreal, informó a través de oficios enviados a la DDHPO que su estancia en el penal de Tanivet sólo sería por tres meses.
“El centro de internamiento es provisional en tanto se realizan las adecuaciones necesarias en el área ubicada en la parte norte del complejo penitenciario Tanivet, Tlacolula, que albergará a las y los adolescentes. El traslado es por tiempo determinado”, detalla.
Según la funcionaria para resolver el tema de que es un penal de mediana seguridad y contrarrestar que será ocupado por adolescentes, para adaptarlo al sistema integral de ellos, sin contrarrestar la seguridad, se les dio acceso a las áreas verdes para que continúen con sus talleres y tengan contacto con la naturaleza.
También sostuvo que se garantiza la continuidad de los estudios, ya que se tuvieron reuniones con los diferentes subsistemas; que en todo momento se ha garantizado el contacto con las familias de manera presencial o telefónica, adaptándose al tiempo de las familias; los jóvenes al interior de su pabellón cuentan ya con dos teléfonos y las adolescentes con un teléfono.
“Ningún adolescente está obligado a portar un color de ropa específica; se dan los alimentos de acuerdo a los requerimientos nutricionales con horarios de 8:30, 14 y 18 horas y se garantiza el derecho a la salud con un médico adscrito y otro más que se encuentra en el penal femenil de Tanivet y que apoya con eventualidades que pudieran presentarse”, agregó.
Penal de Tanivet, con deficiencias estructurales
Pero según la misma SSPO, las deficiencias en la construcción y en procesos administrativos que no siguieron su cauce legal son las principales causas por las que el Centro de Reinserción Social San Francisco Tanivet, no estaba siendo utilizado ni trasladado a reos de otros penales del estado.
Administrativamente, incluso, aún no se encuentra como recibido por parte de la Secretaría de Seguridad Pública. La responsable ejecutora, es decir la Secretaría de las Infraestructuras y el Ordenamiento Territorial (Sinfra), no efectuó el traspaso del inmueble a resguardo de la SSP.
Conocido como el penal de Tanivet Varonil, la obra costó cuatro mil 542 millones de pesos y se edificó para albergar a 1 mil 584 internos con el fin de cerrar seis reclusorios en malas condiciones o que dejaron de cumplir con su función.
La Auditoría Superior de la Federación (ASF) detectó en el 2015 que la Sinfra pagó 27 millones 649 mil 852.92 pesos por concepto de obra pagada no ejecutada de la partida A, “Conjunto y Exteriores”, subpartida A01 “Plataformas” del contrato número J03 UI 02 08 0001/2014, entre otras irregularidades.
La SSP aseguró que al inicio de la administración, efectuó un diagnóstico sobre la situación en que se encontraba el inmueble, cuyo resultado derivó en que no haya sido ocupado de inmediato.
Tras esta revisión, detalló, se encontró la falta de una recepción y un traspaso formal del inmueble a esta Secretaría; a nivel constructivo se encontraron problemas de filtraciones en algunos edificios e inundación en temporada de lluvias en ciertas áreas. Este centro tiene una capacidad de 1 mil 548 internos.
Adolescentes, malos tratos.
Los adolescentes recluidos en Oaxaca, según los datos más recientes de 2018 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) sufren actos de corrupción e incluso de hacinamiento.
La encuesta realizada por el INEGI revela que el 53.3 por ciento de los adolescentes con medida de internamiento compartió su dormitorio con una a cinco personas durante 2017.
El promedio nacional fue de 51%, seguido del 19.6% que lo compartió con seis a diez personas; mientras que 62.3% de los adolescentes que se encontraron en el sistema de justicia penal con medida en internamiento estuvieron en un centro mixto.
En Oaxaca, el 76.8% identificó algún tipo de separación por parte del Centro de Internamiento, entre aquellos adolescentes que cuentan con medida de sanción y aquellos con medida cautelar de internamiento.
Entre los resultados, destacó que en 2017 el 82.2% de los adolescentes en el sistema de justicia penal contó con una sentencia: 65% cumplió una medida de sanción no privativa de la libertad; mientras que 17.2% cumplió su sanción en un Centro de Internamiento
En el mismo año, el 50.2% sufrió algún tipo de violencia física al momento de su detención y el 31.3% de los adolescentes en el sistema de justicia penal con medida de internamiento, fue víctima de al menos un delito en el Centro de Internamiento.
De los adolescentes en el sistema justicia penal, 59.4% tenía entre 18 y 22 años, 25.5% tenía entre 16 y 17 años; 95.3% sabía leer y escribir, y 75.9% tenía estudios de educación básica.
El 39.3% abandonó su hogar por lo menos una vez en su vida. En promedio, esto sucedió cuando ellos tenían 14 años con 2 meses de edad. El 46.7% de las mujeres adolescentes en el sistema de justicia penal en 2017, se había embarazado por lo menos una vez en su vida, y 18.6% había tenido por lo menos un aborto.
El 50.5% con medida de sanción tuvo conocimiento de que fue acusado por delitos del fuero común, mientras que 15.9% sabía que fue acusado por delitos del fuero federal. A 37.8% le fue dictada una medida de sanción por el delito de robo, mientras que 28.8% se encontraba vinculado a proceso por este delito.
El 76.6% de los adolescentes en el sistema de justicia penal se encontraba en externación. De ellos, 65% tenía una medida de sanción y 11.6% se encontraba llevando su proceso en libertad. Por otro lado, 23.4% de los adolescentes en el sistema de justicia penal estaba en internamiento; de ellos, 17.2% cumplía una medida de sanción y 6.2% estaba en internamiento preventivo.
De los adolescentes con medida de sanción de internamiento, 41.2% tenía una medida de sanción entre 1 y 3 años, mientras que 35.5% contaba con una medida de sanción entre 3 y 6 años. Y el 15.3% se sintió inseguro en el Centro de Internamiento donde se encontraba y 10.4% se sintió inseguro al interior de su dormitorio.
Si nos preocupa: DDHPO
Entre junio y julio, la DDHPO ha realizado cinco verificaciones en el espacio asignado a los jóvenes, en las que ha llevado a cabo una revisión de la adecuada reintegración social: trato digno, que el personal que los atienda sea especializado, además de que las instalaciones sean higiénicas, cuenten con ventilación y medidas de seguridad adecuadas, que existe educación, capacitación para el trabajo, alimentación, comunicación, que las y los jóvenes reciban visitas familiares.
Asimismo, el personal de la Defensoría ha realizado entrevistas con los jóvenes para escuchar su sentir respecto a este traslado, también ha conversado con los familiares y hasta el momento no existe una queja al respecto, aseguró el ombudsman Rodríguez Alamilla.
Apuntó que los adolescentes en conflicto con la ley tienen derecho a recibir un trato que fomente su sentido de la dignidad y su valor como persona, así como que el tiempo en que estén bajo cuidado del Estado accedan a procesos que garanticen su reintegración a la sociedad, tal y como lo marcan los artículos 37 y 40 de la Convención sobre los Derechos del Niño.
“Las y los jóvenes son personas que se encuentran en una situación de vulnerabilidad, por ello el Estado tienen la obligación de garantizar plenamente el acceso a derechos fundamentales, pero sobretodo atender los problemas estructurales como la pobreza o desigualdad que favorecen que los adolescentes entren en conflicto con la ley, ya que existe una relación directa entre la explotación infantil, la violencia y malos tratos con los casos de adolescentes en conflicto con la ley”, advirtió.
En términos generales, dijo, la SSPO ha dado un cumplimiento mínimo en el traslado de los jóvenes a un penal de mediana seguridad, porque no es la mejor infraestructura, “pero sí se están generando ciertas condiciones para que ellos por lo menos puedan tener las mismas condiciones que contaban en el lugar donde estaban”.
“A nosotros nos preocupa sobre todo el espacio físico, porque en términos de la ley se supone que debe haber un espacio exprofeso para que estos adolescentes estén; aquí más bien fue la adaptación de otro espacio como tal. No pensaron en las condiciones de estos adolescentes”.