Friday, 08 de May de 2026
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COLUMNAS >> Para que la cuña apriete... >> Propaganda anticipada contra la ley

Propaganda anticipada contra la ley

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w transaelecciones prLa debilidad del Instituto Electoral afecta el actual proceso electoral. Incluso hasta por pura formalidad y no quedar tan devaluados los consejeros electorales deben cumplir con su papel, total ahí tienen al Tribunal Electoral para enmendar y satisfacer a los partidos.

Las “actividades propagandísticas y publicitarias anticipadas” evidentes en Oaxaca rumbo a las presidencias municipales muestran diversas facetas, las prisas por iniciar la búsqueda de posicionarse en el electorado ganando tiempo, pero sobre todo el caudal de recursos económicos que constituye una gran ventaja sobre quienes no cuentan con ese caudal. Exhiben, también, la debilidad de dos instituciones: Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (IEEPCO) y al Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca.
No obstante los consejeros del  IEEPCO han sesionado una y otra vez para tratar este asunto, nadie les hace caso. En vez de menguar las acciones anticipadas se incrementan, pues sus llamados a respetar la ley no tienen la fuerza de la coerción que ésta supone. Y cuando lograron sancionar a uno de los infractores, Pepe Escobar, el Tribunal Electoral la echó abajo, no obstante tener serio fundamente como la aceptación de Escobar de que sí es el autor de su sitio en Facebook con propaganda a su favor. El Tribunal Electoral contribuyó así a pasarse por el arco del triunfo el punto 3 del Artículo 144 del Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales para el Estado de Oaxaca, que dice:
“Ningún ciudadano por sí, o a través de partidos políticos o terceros, podrán realizar actividades propagandísticas y publicitarias anticipadas, con objeto de promover su imagen personal, de manera pública y con el inequívoco propósito de obtener la postulación a un cargo de elección popular, antes de la fecha de inicio de las precampañas, por lo que se deberán ajustar a los plazos y disposiciones establecidos en este Código. La violación a esta disposición, se sancionará con la negativa de registro como precandidato.”
Sin aplicar las sanciones que señala la ley electoral dicho consejo se manifiesta no sólo obsecuente sino abiertamente al servicio de los partidos políticos. Esto último tiene clara certidumbre por el hecho de que sólo dos de los consejeros no fueron impuestos por los partidos, los demás deben literalmente el cargo a sus partidos (PAN y PRD). Así, los acuerdos que  toma ese Consejo Electoral para inhibir la inobservancia de la ley por parte de los aspirantes de los partidos no serían más que ruido inútil si finalmente no aplican la ley.
“Los aspirantes o precandidatos a cargos de elección popular que cometan infracciones, no podrán ser registrados como candidatos por sus Partidos Políticos (…) Mediante acuerdo CG-IEEPCO-24/2013, se apercibe a las personas físicas y jurídicas (morales) que realicen reuniones públicas o marchas, y difundan escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones o expresiones que promuevan la imagen de ciudadanos con fines electorales y fuera de los plazos legalmente establecidos, que cualquiera de éstas conductas podrán ser consideradas como pruebas para efectos de acreditar los actos anticipados de precampaña o campaña.”
La debilidad, la futilidad del Instituto Electoral afecta el actual proceso electoral. Incluso hasta por pura formalidad y no quedar tan evidenciados y devaluados los consejeros electorales deben cumplir con su papel, total ahí tienen al Tribunal Electoral para enmendar y satisfacer a los partidos políticos en sus faltas, como ya lo hizo en el caso señalado esta otra débil institución.

 
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