El programa alcoholímetro en Oaxaca

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Con el establecimiento del alcoholímetro se han evitado muchos accidentes, pues la mayoría de éstos, hay que recordar, suceden bajo el influjo del alcohol, sostiene el director de la Policía Vial de Oaxaca, José Guzmán Santos. Sobre todo, en los fines de semana que es cuando se instalan los dispositivos de alcoholemia: “Conduce sin alcohol” en la ciudad y periferia de la ciudad de Oaxaca.

 

Los infractores son trasladados al Cuartel General de la Policía Estatal, bajo un arresto de 24 horas inconmutables, agregó el funcionario Vial.En cuanto a las versiones de que el dispositivo para medir el grado de alcohol consumido puede alterarse si se aplica varias veces a la misma persona, dijo que no tiene problema pues aun cuando la prueba se realice varias veces éste no guarda la información como para que se acumulen los grados y sea sancionada la persona si no tiene los grados de alcohol que la regla establece.

 

Los alcoholímetros especializados utilizados por la policía tienen muy poco margen de error. Esos dispositivos son administrados y vigilados por la Secretaría de Salud. El grado de alcohol que una persona puede tener en el cuerpo es de 0.40, lo que equivale a una copa de vino o a una cerveza, aunque también depende de la constitución física de la persona.

 

La prueba de la alcoholemia es una de las estrategias para prevenir y disuadir las afectaciones a la vida y patrimonio de la ciudadanía, de ahí la importancia de este Operativo Alcoholímetro, que cada fin de semana se aplica en la capital del estado y algunos municipios. No todos los municipios pueden aplicar este programa, sólo algunos que han sido autorizados, informó Guzmán Santos, como son: ciudad de Oaxaca, Santa Lucía del Camino, Santa Cruz Xoxocotlán, San Pedro Mixtepec, Huajuapan de León y Salina Cruz.

 

Por otro lado, el director de la Policía Vial del estado de Oaxaca, habló de las modificaciones al artículo 27 de la ley de tránsito. El 27 de octubre del 2017, dijo, el congreso del estado dictaminó que no se pueden ya quitar placas a los automóviles, por lo que la policía vial no puede retirar placas, licencias, ni tarjetas de circulación.
Aunque la misma ley de Tránsito, Movilidad y Vialidad del estado establece cuando sí puede retener el automóvil y por qué infracción, como en el caso del alcoholímetro, cuya vigencia se sostiene y fundamenta en dicha ley: “I. Cuando el conductor se encuentre en estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas enervantes, o en condiciones físicas o mentales que lo imposibiliten para manejar correctamente”.

 

Casos en que se puede quitar el automóvil

 

Artículo 24. Los integrantes de la Policía Vial Estatal, están facultados para asegurar y resguardar vehículos en los siguientes casos:

 

I. Cuando el conductor se encuentre en estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas enervantes, o en condiciones físicas o mentales que lo imposibiliten para manejar correctamente;

 

II. Cuando el vehículo circule sin placas, las lleve ocultas o alteradas. Se estimará que un vehículo no lleva placas, cuando no se hubieren canjeado y no se encuentren vigentes a pesar de haber transcurrido el plazo o prórroga concedidos para ello. Se exceptúa de lo anterior cuando se justifique con documento idóneo la falta de una placa por causas ajenas a su voluntad. En el caso de que se detecten indicios de alteraciones en números de identificación del vehículo, la policía vial pondrá el vehículo y el conductor a disposición de la autoridad competente para que determine lo procedente;

 

III. Cuando a simple vista se advierta que el vehículo se halle en condiciones, que su circulación constituya un peligro cierto e inminente para sus ocupantes o para otras personas, y

 

IV. Cuando se trate de un vehículo con el cual se realice servicio público de pasajeros o de carga, sin que se tenga permiso o concesión vigentes para prestarlo.

 

LEY DE TRÁNSITO, MOVILIDAD Y VIALIDAD DEL ESTADO DE OAXACA.